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NORMATIVA TAURINA

Reglamento taurino de 1923

Por el duque de Almodovar del Valle, Ministro de la Gobernación a la sazón, se aprueba por Real Orden un nuevo reglamento Taurino, en el que la edad mínima de los toros se rebaja de cinco a cuatro años y que el peso mínimo de los toros debe ser de 570 kg., a excepción de los meses de junio a septiembre que deben pesar 545 kg. mínimo.

Real Orden por la que se suprime el Despeje de la Plaza:

El 3 de julio de 1865 se publica una Real Orden, reinaba Isabel II, por la que suprime el despeje obligatorio de la plaza por la autoridad o fuerza pública. Así se hacía porque los espectadores estaban habitualmente en el ruedo hasta el comienzo del festejo. Esta Real Orden determina que definitivamente dejarán de hacer el despejo de las plazas de toros la Fuerza Pública. Desde entonces, hasta la fecha, los encargados de hacer la labor simbólica de despejar al público del piso de plaza lo realizan los alguacilillos vestidos a la moda de los tiempos de Felipe IV.

Se crea el registro de ganadería de Toros de Lidia

El 20 de julio de 1947 por decreto del gobierno de la Dictadura se crea un Registro de Ganaderías de Toros de Lidia, en el que deberán estar inscritas todas aquellas ganaderías que pueden lidiar bravo en el territorio nacional.


La Autoridad.

normativa_taurina.txt · Última modificación: 2020/03/26 12:18 (editor externo)